Asignación por embarazo para protección social
Es una suma mensual que pueden cobrar las personas gestantes desocupadas, monotributistas sociales o que trabajan en la economía informal, desde el inicio del embarazo hasta su interrupción o nacimiento del hijo. El beneficio se enmarca en las asignaciones familiares del sistema de seguridad social y requiere inscripción en el Programa Sumar.
La Asignación por embarazo para protección social es un beneficio económico destinado a proteger a las personas gestantes que se encuentran en situación de vulnerabilidad laboral. Pueden acceder quienes están desocupados, trabajan en la economía informal, son monotributistas sociales o tienen contrato de trabajo para personal de casas particulares. El beneficio consiste en una suma mensual que se cobra desde la semana 12 de gestación hasta el nacimiento del hijo o interrupción del embarazo, con un máximo de 9 meses de cobertura. Es compatible con otras asignaciones familiares como la asignación por nacimiento o adopción.
Requisitos
- ·Estar gestante desde la semana 12 de embarazo
- ·Estar inscripta en el Programa Sumar
- ·Estar desocupada, trabajar en economía informal, ser monotributista social o tener régimen especial para personal de casas particulares
- ·Que el cónyuge o conviviente también cumpla con estas condiciones laborales
- ·No estar en causas de incompatibilidad para cobrar la asignación
- ·No tener cobertura de Obra Social (con excepciones para monotributistas sociales y otros casos especiales)
Documentación
- ·Comprobante de inscripción en el Programa Sumar
- ·Documento de identidad
- ·Comprobante de estado de embarazo (desde Programa Sumar)
- ·Comprobante de situación laboral (desocupación, monotributo social, régimen especial, etc.)
- ·Comprobantes de situación laboral del cónyuge o conviviente
Cómo solicitarlo
1. Inscribirse en el Programa Sumar. 2. A partir de la semana 12 de gestación, presentar la solicitud a ANSES. 3. Acreditar el estado de embarazo mediante la inscripción en el Programa Sumar. 4. Presentar documentación que compruebe la situación laboral propia y de cónyuge/conviviente.
Dónde
Se solicita a través de ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social). Se puede realizar online en www.anses.gob.ar o en las sucursales presenciales de ANSES en todo el país.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo puedo cobrar la asignación por embarazo?
Desde el inicio del embarazo, pero la solicitud se debe presentar a partir de la semana 12 de gestación.
¿Por cuánto tiempo se cobra este beneficio?
Se cobra desde el inicio del embarazo hasta su interrupción o el nacimiento del hijo, con un máximo de 9 meses de cobertura.
¿Puedo cobrar la asignación por embarazo si participo en un Programa Nacional de Empleo?
Sí, es compatible con programas nacionales de empleo.
¿Puedo cobrar otras asignaciones además de la asignación por embarazo?
Sí, es compatible con la asignación por nacimiento y por adopción.
¿Qué pasa si tengo obra social? ¿Puedo cobrar la asignación?
No puedes cobrar si tienes cobertura de obra social, excepto si eres monotributista social, trabajador de casas particulares o conservas cobertura por 3 meses luego de cesar tu relación laboral.