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Medicamentos por Excepción - Cobertura del 100% en PAMI

PAMI ofrece cobertura extraordinaria del 100% para medicamentos de uso ambulatorio que no están incluidos en el listado habitual de drogas cubiertas. Este trámite permite a afiliados acceder a medicamentos especiales mediante una solicitud justificada ante la obra social.

Información de consulta. Este sitio no es oficial. Los trámites se realizan en www.argentina.gob.ar/desarrollosocial.

El programa de Medicamentos por Excepción de PAMI brinda una cobertura del 100% para medicamentos de uso ambulatorio que no cuentan con cobertura habitual en el catálogo estándar de la obra social. Este beneficio está diseñado para casos especiales donde el médico tratante justifica la necesidad de un fármaco fuera del listado convencional. El trámite se realiza presentando documentación clínica que respalde la solicitud, incluyendo receta del especialista y estudios que justifiquen el uso del medicamento.

Requisitos

  • ·Ser afiliado/a a PAMI
  • ·Contar con receta de PAMI emitida por médico o especialista
  • ·Presentar justificación clínica o estudios que respalden la necesidad del medicamento
  • ·Documentación completa según el formulario correspondiente

Documentación

  • ·Documento Nacional de Identidad (original o fotocopia)
  • ·Receta de PAMI del médico/a o especialista
  • ·Formulario de Pedido de Medicamentos Vía de Excepción (INICIO o RENOVACIÓN) completado
  • ·Formulario de consentimiento firmado
  • ·Resumen de historia clínica (si el médico no completa ese espacio en el formulario)
  • ·Estudios médicos que justifiquen la solicitud del medicamento

Cómo solicitarlo

1. Completar el Formulario de Pedido de Medicamentos Vía de Excepción (INICIO o RENOVACIÓN). 2. Obtener receta de PAMI del médico o especialista. 3. Recopilar estudios clínicos y resumen de historia clínica que justifiquen la solicitud. 4. Presentar todo online a través del sitio de PAMI o presencialmente en una agencia PAMI sacando turno previo.

Dónde

En línea: www.pami.org.ar (opción 'INICIAR ESTE TRÁMITE WEB'). Se puede hacer desde celular, tablet o computadora. Presencialmente: en cualquier agencia PAMI (se recomienda sacar turno online para mejor atención).

Preguntas frecuentes

¿Quién puede hacer este trámite?

El afiliado, su apoderado legal o un familiar pueden realizar el trámite.

¿Cuánta cobertura recibo?

PAMI cubre el 100% del costo del medicamento aprobado por excepción.

¿Qué pasa si mi solicitud es rechazada?

Puedes realizar un reclamo a través de la opción 'REALIZAR RECLAMO' en el sitio de PAMI.

¿Puedo renovar un medicamento ya aprobado por excepción?

Sí, debes completar el formulario de RENOVACIÓN con la documentación actualizada necesaria.

¿Cómo consulto el estado de mi solicitud?

Puedes consultar el estado del trámite en línea a través de la opción 'CONSULTAR ESTADO DE TRÁMITE' en PAMI.

Fuente oficial ↗