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Beneficios ANSES Argentina

Subsidio de Contención Familiar por Fallecimiento

El Subsidio de Contención Familiar es un reintegro que otorga ANSES a familiares directos o herederos que hayan pagado gastos de sepelio, cremación o inhumación de personas jubiladas, pensionadas, fallecidas por COVID-19 o niños/adolescentes en tratamiento oncológico. Es una ayuda económica única de carácter gratuito dirigida a contener familias en situaciones de duelo.

Actualizado el 2 de junio de 2026

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Cuando fallece un ser querido, la familia atraviesa uno de los momentos más difíciles de su vida. A ese dolor se suma, casi siempre, la presión de tener que afrontar los gastos de sepelio, cremación o inhumación en un tiempo muy corto y sin margen para planificar. Para acompañar a las familias en esa situación, ANSES ofrece un reintegro económico que reconoce parcialmente esos gastos y busca aliviar la carga financiera en el peor momento.

El beneficio está dirigido a quienes hayan pagado los gastos fúnebres de jubilados, pensionados o de personas fallecidas en circunstancias especiales contempladas por la normativa vigente, como el fallecimiento por COVID-19 o el de niños y adolescentes que estaban bajo tratamiento oncológico. No es necesario ser familiar directo para solicitarlo: lo puede pedir quien efectivamente haya abonado esos gastos y pueda demostrarlo con la factura correspondiente a su nombre.

Entre los solicitantes habituales se encuentran viudas y viudos, convivientes con reconocimiento previsional, hijos con derecho a pensión y otros herederos. Cada situación tiene su propio formulario, por lo que es importante identificar correctamente cuál corresponde antes de iniciar el trámite. Los documentos básicos que se requieren son el DNI de quien solicita, la partida de defunción del fallecido y la factura que acredite el pago de los servicios fúnebres.

El trámite es completamente gratuito y puede realizarse de forma presencial en cualquier oficina de ANSES, con turno previo. En algunos casos también existe la posibilidad de gestionarlo de manera virtual. Se trata de un pago único, no de una prestación periódica, y su objetivo es concreto: reconocer que esos gastos existen y que el Estado puede contribuir a que las familias los afronten con un poco menos de peso.

Monto
$15.000 (suma fija, pago único)

Requisitos

  • ·DNI de quien solicita el reintegro
  • ·Partida de defunción del fallecido
  • ·Factura emitida a nombre del solicitante con gastos de sepelio, cremación o inhumación
  • ·Constancia de empresa/cooperativa de energía, gremio, mutual o póliza de seguros (según corresponda)
  • ·Resolución de otorgamiento de pensión (si corresponde como derechohabiente previsional)
  • ·Formularios PS.6.296, PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259 o PS.6.286 según el caso

Documentación

  • ·DNI original de quien solicita
  • ·Partida de defunción
  • ·Facturas de empresa fúnebre a nombre del solicitante
  • ·Comprobantes de pago (recibos de luz, gremio, mutual, póliza de seguros)
  • ·Resolución de pensión (si aplica)
  • ·Formularios ANSES según corresponda

Cómo solicitarlo

1. Reúne la documentación según tu situación (jubilado/pensionado fallecido, COVID-19 u oncopediatría). 2. Solicita turno en una oficina de ANSES. 3. Si el fallecido es titular de prestación previsional, también podés tramitarlo por Atención Virtual. 4. Si otra persona pagó el sepelio, debe hacerlo dentro de un año del fallecimiento. 5. El trámite puede iniciarse junto con la solicitud de pensión derivada.

Dónde

Oficinas de ANSES (requiere turno previo) o Canal de Atención Virtual de ANSES (si el fallecido era titular de jubilación o pensión). Turno disponible en www.argentina.gob.ar

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el subsidio después del fallecimiento?

Tienes un año desde la fecha del fallecimiento para solicitar el subsidio si otra persona pagó los gastos de sepelio. Si eres derechohabiente previsional, no hay límite temporal.

¿Puedo solicitar este subsidio si no tengo factura del sepelio?

Si no tienes factura pero eres heredero, puedes presentar los formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259 o PS.6.286 según tu caso. Se evaluará tu solicitud sin factura.

¿Se cobra automáticamente o tengo que tramitarlo?

Si eres familiar con derecho a pensión (derechohabiente previsional), se abona automáticamente junto con la pensión. En otros casos, debes solicitar turno y tramitarlo.

¿Puedo iniciar el trámite de subsidio y pensión al mismo tiempo?

Sí, puedes solicitar el Subsidio de Contención Familiar junto con el inicio del trámite de pensión derivada por fallecimiento.

¿Qué pasa si el fallecido no era jubilado ni pensionado pero falleció por COVID-19?

Aplica el subsidio si la persona fallecida era desocupada, trabajador informal, monotributista categoría A o B, personal de casas particulares, titular de Asignación por Embarazo o AUH, o menor con discapacidad.

Fuente oficial ↗

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