Designar un apoderado para cobrar tu jubilación o pensión
Servicio que permite a titulares de jubilaciones y pensiones designar un apoderado (familiar, abogado, gestor, tutor, banco o representante diplomático) para realizar trámites ante ANSES o percibir sus haberes. Está dirigido a personas que tienen dificultades para movilizarse o residen en el exterior. El trámite es gratuito.
Actualizado el 2 de junio de 2026
Hay situaciones en las que cobrar la jubilación o pensión, o hacer trámites ante ANSES, se vuelve difícil o directamente imposible: una enfermedad, una limitación para moverse, vivir en otra provincia o residir en el exterior son motivos frecuentes. Para esos casos existe la posibilidad de designar un apoderado, es decir, una persona o entidad que actúe en tu nombre ante el organismo y/o perciba tus haberes cuando vos no podés hacerlo.
El apoderado puede ser alguien de tu confianza: un familiar cercano como el cónyuge, un hijo o un hermano, pero también un abogado, un gestor, un tutor o un representante diplomático si estás en el extranjero. En situaciones particulares, incluso es posible autorizar a un banco, a un hospital o a una entidad pública para que perciba los haberes en tu nombre. Lo importante es que la persona designada sea mayor de 18 años o, en su defecto, esté legalmente emancipada, y que pueda acreditar su identidad y su vínculo o capacidad para representarte.
El trámite se realiza de forma presencial en las oficinas de ANSES y no tiene ningún costo. La documentación necesaria es sencilla: básicamente acreditar que sos titular de un beneficio previsional y presentar los datos de quien vas a designar. En algunos casos puede requerirse documentación adicional según el tipo de apoderado elegido.
Este mecanismo es especialmente valioso para jubilados y pensionados que atraviesan problemas de salud, tienen movilidad reducida o viven fuera del país y no pueden gestionar sus trámites por sus propios medios. Garantiza que el beneficio llegue a destino sin interrupciones y que cualquier gestión necesaria pueda resolverse sin que el titular tenga que estar presente.
Requisitos
- ·Ser titular de una jubilación o pensión
- ·La persona designada como apoderado debe ser mayor de 18 años (o menor emancipado)
- ·Tener documentación que acredite la relación o capacidad del apoderado
Documentación
- ·DNI original y copia del titular
- ·DNI original y copia del apoderado
- ·Para cónyuge: acta o certificado de matrimonio original y copia
- ·Para conviviente previsional: documentación que acredite la relación
- ·Para familiares: partidas de nacimiento o DNI que demuestre parentesco
- ·Para banco: Formulario PS 6.4 - Carta Poder firmado y sellado por la autoridad bancaria
- ·Para tutor/medida de abrigo: sentencia judicial original y copia
- ·Para curador/apoyo: sentencia judicial original y copia con autorización para cobro
- ·Para abogado: credencial vigente
Cómo solicitarlo
1. Reuní la documentación correspondiente según el tipo de apoderado que querés designar (familiar, abogado, banco, etc.). 2. Sacá un turno en una oficina de ANSES a través del sitio web o línea telefónica. 3. Si es un familiar, podés acercarte sin turno previo. 4. Presentate el día del turno con toda la documentación original y copias.
Dónde
Oficinas de ANSES en todo el país. Podés sacar turno en línea en argentina.gob.ar o llamando. Si designás un familiar, podés ir sin turno previo.
Preguntas frecuentes
¿Quiénes pueden ser apoderados para trámites?
Familiares (cónyuge, hijos, hermanos, tíos, primos, etc.), tutores, abogados registrados, gestores, representantes diplomáticos o consulares, y para casos especiales, directores de hospitales o instituciones públicas y privadas.
¿Quiénes pueden ser apoderados para cobrar la jubilación o pensión?
Familiares, bancos (si residís en el exterior), entidades públicas, hospitales o asilos, mutuales, instituciones de asistencia social, y representantes especiales por tiempo determinado si estás imposibilitado de moverte.
¿Cuál es el costo de designar un apoderado?
El trámite es completamente gratuito.
¿Puedo ir sin turno si quiero designar a un familiar?
Sí, para designar a un familiar como apoderado podés acercarte a una oficina de ANSES sin necesidad de turno previo.
¿Qué edad mínima debe tener el apoderado?
El apoderado debe ser mayor de 18 años. Si es menor, debe estar emancipado.
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