⚠ Sitio no oficial. Información de consulta. Los trámites oficiales se realizan en www.argentina.gob.ar
Beneficios ANSES Argentina

Cobro de haberes devengados de jubilados y pensionados fallecidos

Este trámite permite a los familiares de un jubilado o pensionado fallecido solicitar el pago de los haberes que le correspondía cobrar hasta la fecha de su muerte, incluyendo liquidaciones, aguinaldo proporcional y asignaciones familiares. Es un derecho que los herederos pueden ejercer hasta dos años después del fallecimiento, de forma gratuita.

Información de consulta. Este sitio no es oficial. Los trámites se realizan en www.argentina.gob.ar/anses.

Si tu familiar era jubilado o pensionado y falleció, tenés derecho a solicitar el pago de los haberes devengados. Estos son los montos que le correspondía cobrar hasta el día de su muerte, incluido el aguinaldo proporcional y cualquier asignación familiar pendiente. El trámite es gratuito y se realiza en ANSES con turno previo. El derecho se extiende a parientes por consanguinidad o a quienes hayan abonado los gastos de la última enfermedad. El monto a cobrar determina el procedimiento: si es igual o menor a una jubilación mínima se solicita sin sucesión; si es mayor, necesitarás iniciar la sucesión judicial.

Requisitos

  • ·Ser pariente por consanguinidad del fallecido o acreditar pago de gastos de última enfermedad
  • ·Tener derecho a pensión (si la hay) o ser heredero legal
  • ·Hacer el trámite dentro de dos años del fallecimiento

Documentación

  • ·Partida de defunción del titular
  • ·Formulario PS. 6.76
  • ·Información bancaria si el fallecido no tiene constancia de haberes impagos
  • ·DNI del solicitante
  • ·Formulario PS.6.253 (Solicitud de Haberes devengados)
  • ·Formulario PS.6.258 (Información Sumaria S del solicitante)
  • ·Formulario PS. 6.259 (Información Sumaria T de cada testigo)
  • ·Partidas que acrediten vínculo con el fallecido (original y copia)
  • ·Si hay otros herederos: Formulario PS.6.254 (Declaración Jurada de Herederos no Solicitante) con firma autenticada
  • ·Si no es heredero: Formulario PS. 6.255 y PS. 6.256, más certificados médicos con facturas de gastos de enfermedad

Cómo solicitarlo

1. Reúne toda la documentación requerida según tu situación (heredero, pariente o acreedor). 2. Solicitá un turno en ANSES. 3. Presentate el día del turno con la documentación completa y dos testigos (o los formularios certificados por autoridad competente).

Dónde

Oficina de ANSES presencial (previa solicitud de turno en www.anses.gob.ar). Destinado a adultos mayores y beneficiarios de jubilaciones y pensiones.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para hacer este trámite?

Tenés dos años a partir del fallecimiento del jubilado o pensionado para solicitar el cobro de los haberes devengados.

¿Qué incluyen los haberes devengados?

Incluyen la primera liquidación, el mensual proporcional o completo, aguinaldo proporcional o completo, subsidios no percibidos y asignaciones familiares pendientes.

¿Necesito hacer una sucesión judicial obligatoriamente?

Solo si el monto a cobrar es superior a una jubilación mínima. Si es igual o menor, se puede solicitar directamente sin iniciar sucesión.

¿Quién puede solicitar el cobro si hay varios herederos?

Los herederos legales o parientes por consanguinidad pueden solicitarlo. Si hay otros herederos además de los solicitantes, ellos deben presentar una Declaración Jurada.

¿Qué sucede si extraigo dinero de la cuenta del fallecido?

Es importante saber que nadie puede hacer extracciones de la cuenta del fallecido desde su defunción. Si sucede, ANSES y el banco quedan autorizados para iniciar acciones legales.

Fuente oficial ↗