Pensión por fallecimiento de un trabajador
Esta pensión garantiza un acompañamiento económico a los familiares de un trabajador fallecido. Pueden solicitarla el cónyuge, conviviente e hijos del trabajador fallecido que cumplan requisitos específicos de convivencia, edad y condición laboral. El trabajador fallecido debe haber aportado un mínimo de años según su régimen laboral.
La pensión por fallecimiento es un beneficio que ANSES otorga a los familiares directos de un trabajador que fallece. Su objetivo es brindar protección económica a los dependientes del trabajador fallecido. Pueden acceder a ella el cónyuge e hijo del trabajador (con requisitos de edad y estado civil), así como convivientes que acrediten convivencia previa. El trabajador fallecido debía tener aportes vigentes o haber cumplido ciertos períodos mínimos de contribución según su tipo de actividad laboral (relación de dependencia, autónomo o monotributista).
Requisitos
- ·Ser cónyuge con partida de casamiento actualizada posterior al fallecimiento, O conviviente con 5 años de convivencia (2 años si hay hijo reconocido por ambos), O hijo menor de 18 años soltero que no cobre otra prestación
- ·El trabajador fallecido debe tener 30 años de aportes para el régimen común, O haber aportado 30 meses o más en los últimos 36 meses (aportante regular), O 18 meses o más en los últimos 36 meses (aportante irregular), O 12 meses en los últimos 60 meses habiendo completado la mitad de años exigidos
- ·El fallecimiento debe estar acreditado en ANSES
- ·Para hijos incapacitados: no hay límite de edad si estaban a cargo del trabajador fallecido
Documentación
- ·DNI
- ·Formulario PS 6.284 (cónyuge/conviviente)
- ·Formulario PS.6.9 (cónyuge/conviviente e hijos)
- ·Formulario PS.6.12 (hijos incapacitados)
- ·Formulario PS.6.13 (hijos incapacitados)
- ·Original y copia de tutoría o curatela (hijo huérfano)
- ·Certificado de alumno regular (hijo incapacitado)
- ·Certificados médicos que acrediten incapacidad (hijo incapacitado)
- ·Formulario PS.6.2 (trabajador en relación de dependencia)
- ·Formulario PS.6.1 (trabajador en relación de dependencia)
- ·Formulario PS.5.7 (trabajador en relación de dependencia)
- ·Recibos de sueldos y declaración jurada para personal de casas particulares
- ·Formularios 558/A, 558/B y 558/C de ARCA (trabajador autónomo)
- ·Originales y copias de pagos autónomos y monotributistas
- ·Documentación que acredite períodos trabajados no registrados (certificaciones, recibos, comprobantes de obra social)
Cómo solicitarlo
1. Ingresá en mi ANSES con tu CUIL y Clave de Seguridad Social. 2. Verificá que tu información personal y vínculos familiares estén registrados y actualizados. 3. Reuní toda la documentación requerida según tu condición (cónyuge, conviviente, hijo). 4. Solicitá un turno en una oficina de ANSES presencialmente.
Dónde
Presencial en una oficina de ANSES. Previamente ingresás a mi ANSES (https://www.anses.gob.ar) para actualizar datos y solicitar turno.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la pensión después del fallecimiento?
No aparece especificado en la página. Se recomienda comunicarse con ANSES para conocer los plazos exactos.
¿Qué pasa si el trabajador fallecido tiene aportes no registrados?
Podés presentar documentación que pruebe los períodos trabajados: certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social o declaración jurada.
¿Un hijo mayor de 18 años puede cobrar la pensión?
Sí, si se encuentra incapacitado para trabajar y estuvo a cargo del trabajador fallecido no hay límite de edad. En otros casos, debe ser menor de 18, soltero y no cobrar otra prestación.
¿Cuál es el costo para tramitar la pensión?
Es completamente gratuito.
¿Qué es una Moratoria Previsional?
Es un mecanismo que permite regularizar aportes faltantes para completar los años de contribución requeridos. Podés computar servicios regularizados por moratorias si no cumplís con los requisitos de aportes.