Subsidio de Contención Familiar - Reintegro por Gastos de Sepelio
El Subsidio de Contención Familiar es un reintegro de $15.000 que ofrece ANSES para ayudar a familiares o herederos que pagaron gastos de sepelio, cremación o inhumación. Se aplica en caso de fallecimiento de jubilados, pensionados, personas por COVID-19 o menores en tratamiento oncológico.
Actualizado el 2 de junio de 2026
Cuando fallece un ser querido, los gastos del sepelio llegan en el peor momento posible. Para ayudar a sobrellevar esa carga económica, ANSES ofrece un reintegro de dinero a quienes afrontaron los costos del entierro, cremación o inhumación de la persona fallecida. No es una cobertura total, pero es un aporte concreto del Estado para que ese gasto no quede completamente en tus hombros.
Este beneficio está dirigido a familiares o herederos de jubilados y pensionados de ANSES, de personas fallecidas a causa del COVID-19 que no tenían relación de dependencia formal (como desocupados, trabajadores informales o monotributistas), y también de niños y adolescentes que estaban en tratamiento oncológico al momento de su fallecimiento. En todos estos casos, quien haya pagado los gastos del sepelio puede pedir el reintegro, ya sea un familiar directo con derecho a pensión o un heredero sin ese derecho.
Para tramitarlo, necesitás presentar tu DNI, la partida de defunción del fallecido y la factura de los gastos de sepelio emitida a tu nombre. Dependiendo de tu vínculo con la persona fallecida, también se requieren distintos formularios oficiales de ANSES. Si ya te otorgaron una pensión derivada de ese fallecimiento, el trámite tiene su propio circuito; si no tenés derecho a pensión pero sos heredero, hay otros formularios que aplican según el caso.
El trámite se gestiona directamente ante ANSES, ya sea de manera presencial en una oficina o a través de los canales habilitados para turnos y atención. Si tenés documentación de una empresa de energía, un gremio, una mutual o una póliza de seguros vinculada al fallecido, conviene tenerla a mano porque puede ser requerida según las particularidades de cada situación.
Requisitos
- ·DNI de quien solicita el reintegro
- ·Partida de defunción del fallecido
- ·Factura emitida a tu nombre con gastos de sepelio, cremación o inhumación
- ·Para familiares con derecho a pensión: resolución de otorgamiento de la pensión y formulario PS.6.296
- ·Para herederos sin derecho a pensión: formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286 según corresponda
- ·Constancia de empresa de energía, gremio, mutual o póliza de seguros (si corresponde)
Documentación
- ·DNI del solicitante
- ·Partida de defunción
- ·Factura de sepelio, cremación o inhumación a nombre del solicitante
- ·Constancia de empresa de energía, gremio, mutual o póliza de seguros
- ·Resolución de otorgamiento de pensión (si aplica)
- ·Formularios ANSES según corresponda (PS.6.296, PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286)
Cómo solicitarlo
1. Reúne la documentación según tu situación (jubilado/pensionado fallecido, fallecimiento por COVID-19, o menor en tratamiento oncológico). 2. Sacá turno en una oficina de ANSES. 3. Si el fallecido era titular de una prestación previsional, también podés hacer el trámite por Atención Virtual de ANSES. 4. Si otra persona pagó el sepelio, debe hacerlo antes de cumplirse un año desde el fallecimiento.
Dónde
Oficina de ANSES (requiere turno previo) o Atención Virtual de ANSES si el fallecido era titular de jubilación o pensión. Podés sacar turno en www.anses.gob.ar
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar este subsidio?
Debés hacerlo antes de que cumplan un año desde el fallecimiento de la persona si vos pagaste los gastos de sepelio. Si sos familiar con derecho a pensión, se abona automáticamente junto con la pensión.
¿Quién puede solicitar el subsidio si no tiene derecho a pensión?
Cualquier heredero de la persona fallecida puede solicitarlo presentando los formularios correspondientes, aunque no tenga derecho a una pensión derivada.
¿Puedo tramitar esto junto con la solicitud de pensión?
Sí, podés iniciar el trámite del Subsidio de Contención Familiar simultáneamente con el trámite de la pensión por fallecimiento.
¿Qué pasa si no tengo factura de los gastos de sepelio?
Si no hay familiares con derecho a pensión ni factura, podés igual solicitar el subsidio presentando los formularios específicos (PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286) según tu situación.
¿El subsidio aplica también si la persona falleció por COVID-19?
Sí, aplica para familiares directos de personas fallecidas por COVID-19 que eran desocupadas, informales, monotributistas, personal de casas particulares, titulares de asignaciones, o personas con discapacidad.
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