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Procrear Vivienda Argentina

Cómo proteger tu vivienda de deudas: inscripción en el Registro de Propiedad

La ley protege tu vivienda impidiendo que los acreedores la vendan para cobrarse deudas. Para activar esta protección, debés inscribir tu casa en el Registro de la Propiedad Inmueble. Esta protección funciona solo para deudas contraídas después de la inscripción y beneficia al propietario y a su grupo familiar que conviva en la vivienda.

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Si tenés una vivienda donde vivís vos o tu familia, la ley argentina te ofrece una protección legal que impide que los acreedores la ejecuten para cobrarse deudas. Esta protección funciona anotando tu propiedad en el Registro de la Propiedad Inmueble de tu jurisdicción. Una vez inscrita, tu casa queda protegida frente a nuevas deudas que contraigas, aunque hay excepciones importantes como deudas por impuestos, expensas, hipotecas o alimentos. Solo podés proteger una vivienda, y el propietario o al menos uno de los beneficiarios debe vivir allí. El trámite es gratuito y lo podés hacer vos mismo o a través de un escribano.

Requisitos

  • ·Ser propietario de la vivienda
  • ·Que el propietario o al menos uno de los beneficiarios viva en la vivienda
  • ·Tener documentos que acrediten identidad
  • ·Tener documentos que comprueben la propiedad del inmueble
  • ·Contar con documentos que prueben el vínculo familiar con los beneficiarios (cónyuge, pareja, hijos, etc.)
  • ·Solo podés proteger una única vivienda

Documentación

  • ·Documento de identidad válido (DNI, pasaporte)
  • ·Documentos que prueben la propiedad (escritura, título de propiedad)
  • ·Documentos de identidad de los beneficiarios (cónyuge, conviviente, hijos, etc.)
  • ·Documentos que acrediten el vínculo familiar (partida de matrimonio, partida de nacimiento, acta de convivencia)

Cómo solicitarlo

1. Reuní los documentos de identidad, propiedad y vínculos familiares. 2. Dirigite al Registro de la Propiedad Inmueble de tu jurisdicción o contactá a un escribano público. 3. Presentá la solicitud de inscripción de protección. 4. El registro anotará tu vivienda en sus registros. 5. Recibís el comprobante de inscripción que acredita la protección.

Dónde

En el Registro de la Propiedad Inmueble de tu jurisdicción. En CABA, se realiza en el Registro de la Propiedad Inmueble (https://www.registropropiedadinmueble.gcba.gov.ar/). También podés hacerlo a través de un escribano público sin necesidad de ir personalmente al registro.

Preguntas frecuentes

¿Qué deudas quedan protegidas?

Solo las deudas contraídas después de la fecha de inscripción en el Registro. Las deudas anteriores no están cubiertas.

¿Hay deudas que no están protegidas aunque sean posteriores?

Sí. No están protegidas las deudas por expensas, impuestos, construcciones, hipotecas autorizadas por el cónyuge, ni deudas por alimentos con hijos.

¿Puedo vender mi vivienda protegida?

Sí, pero antes debés desafectarla en el Registro de la Propiedad Inmueble, es decir, dar de baja la protección.

¿Puedo hipotecar una vivienda que está protegida?

Sí, sin necesidad de levantar la inscripción. El acreedor hipotecario podrá ejecutar la propiedad. Si estás casado o convivís, necesitás autorización de tu pareja.

¿Cuánto cuesta inscribir la protección?

Es completamente gratuito. Solo tiene costo si solicitás que sea tramitado de forma urgente.

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