Prórroga de plazo para declaración de impuestos a las ganancias, bienes personales y cedular 2019
Se otorgó una prórroga especial para presentar y pagar las declaraciones juradas de impuestos a las ganancias, bienes personales e impuesto cedular del período fiscal 2019, trasladando los plazos originales de junio a fines de julio. Aplica a personas humanas y también incluye la declaración informativa de empleados en relación de dependencia.
Esta normativa de la AFIP estableció una prórroga extraordinaria de plazos para contribuyentes que debían cumplir con sus obligaciones fiscales del período 2019. Los plazos que originalmente vencían en junio fueron extendidos hasta fines de julio, afectando a la presentación y pago de declaraciones juradas de impuestos a las ganancias (ganancia neta del ejercicio), impuesto sobre bienes personales y cedular. Además, se incluyó la prórroga para la presentación de la declaración jurada informativa de empleados en relación de dependencia y actores. Esta medida fue dictada bajo la Resolución General 4721/2020 de AFIP y publicada en el Boletín Oficial el 21 de mayo de 2020.
Requisitos
- ·Ser persona humana contribuyente de AFIP
- ·Tener obligación de presentar declaración jurada de impuestos a las ganancias, bienes personales o cedular del período 2019
- ·Disponer de Clave Fiscal para acceso a sistemas AFIP
Documentación
- ·Comprobantes de ingresos y rentas del período 2019
- ·Comprobantes de gastos y deducciones
- ·Información sobre bienes personales si corresponde
- ·Datos de empleados (si actúa como empleador)
Cómo solicitarlo
Ingresar al sitio web de AFIP con Clave Fiscal, acceder a la sección de declaraciones juradas de impuestos personales, completar la información correspondiente al período 2019 y presentarla junto con el pago del saldo resultante dentro del plazo prorrogado (fines de julio).
Dónde
Plataforma online de AFIP (https://www.afip.gob.ar) usando Clave Fiscal. También disponible en oficinas de AFIP en todo el país.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se pueden presentar las declaraciones?
Los plazos que originalmente operaban en junio se prorrogaron para fines del mes de julio según la RG 4721/2020.
¿A quiénes aplica esta prórroga?
A personas humanas que deben presentar declaraciones juradas de impuestos a las ganancias, bienes personales, cedular y a empleadores que presentan declaraciones informativas de empleados.
¿Qué impuestos incluye esta prórroga?
Impuesto a las ganancias, impuesto sobre bienes personales e impuesto cedular del período fiscal 2019.
¿Dónde presento la declaración?
A través del sitio web de AFIP ingresando con tu Clave Fiscal, o presencialmente en las oficinas de AFIP.
¿Qué pasa si no presento dentro del plazo prorrogado?
Se generarán intereses y multas por mora. Se recomienda cumplir dentro del plazo establecido para evitar sanciones.